Según las últimas noticias, el número de personas que se autoemplean está aumentando, ya sea porque tienen un proyecto que quieren poner en funcionamiento o debido a la dificultad de encontrar un trabajo por cuenta ajena. Muchas de estas personas posiblemente están percibiendo la prestación por desempleo y tienen la duda de si ésta se pierde en caso de iniciar una actividad por cuenta propia ¿Qué sucederá con su prestación por desempleo?
Existen varias opciones que se pueden tomar respecto a la prestación por desempleo:
- La capitalización de dicha prestación, lo cual significa, solicitar el pago único para utilizarlo como financiación, ya sea para inversión o para el abono de las cotizaciones a la Seguridad Social.
- La Extinción de la prestación, con excepciones, si la actividad tiene una duración superior a 24 meses. En caso contrario, puede optarse por solicitar el pago único, entonces la posibilidad de que se pierda lo que resta por cobrar depende del tiempo que dure la actividad por cuenta propia; si esta es de menos de 24 meses, se puede solicitar la reanudación de la prestación por el tiempo que quedara por percibir cuando se inició la actividad.
- La Extinción de la prestación definitiva, conlleva a que no se puede volver a percibir cuando la duración de la actividad por cuenta propia sea de 24 meses o más, excepto en el caso de jóvenes menores de 30 años, que podrán volver a recuperarla siempre que la duración sea inferior a 60 meses y estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el de los Trabajadores del Mar.
- La Compatibilización de la prestación con la actividad por cuenta propia, además de la opción del pago único o la decisión de suspender la prestación,desde febrero del año 2013 existe otra opción: compatibilizar la prestación contributiva por desempleo con la actividad por cuenta propia cuando sea determinado por un programa de fomento del empleo. Actualmente, esta posibilidad está abierta a menores de 30 años en el momento del inicio de la actividad, se constituya como trabajador por cuenta propia, no tenga trabajadores a su cargo, y haga la solicitud al Servicio Público de Empleo Estatal en un plazo de 15 días a contar desde la fecha de comienzo de la actividad. Cumpliendo los anteriores requisitos, tendrá derecho a percibir la prestación por desempleo por un período máximo de 270 días o por el tiempo que le quede pendiente de percibir si éste es inferior a dichos días.
Cómo podemos observar, trabajar por cuenta propia ofrece un abanico de posibilidades, y un desarrollo profesional y personal donde los límites los pone uno mismo. Sin embargo hay derechos y obligaciones, que hay que cumplir y gestionar rigurosamente:
- Los requisitos para darse de alta como Autónomo
- El IRPF (Impuesto sobre la renta de personas físicas)
- El IVA (Impuesto al valor añadido)
- Los Impuestos y las Cotizaciones a la Seguridad Social
Son aspectos clave para el correcto ejercicio de una actividad profesional por cuenta propia. Contar con el apoyo de profesionales y expertos, como la asesoría autónomos sant gervasi, te guiará para que tus primeros pasos como Autónomo sean más sencillos.