PREGUNTAS Y RESPUESTAS: Los Salarios de Tramitación

Después de que un tribunal haya calificado el despido como improcedente o nulo, el trabajador podrá percibir los salarios de tramitación. Son los salarios que el trabajador tiene derecho a recibir, cuando una empresa opte por la readmisión del trabajador.ae

 

La cantidad de los mismos, corresponde a los salarios dejados de percibir  por el trabajador desde la fecha del despido hasta la fecha de sentencia que declare la nulidad del despido o improcedencia.

 

¿Cuál es el objetivo de los salarios de tramitación?

El objetivo principal es compensar al trabajador por los prejuicios del despido, al no percibir ninguna retribución desde la fecha de despido.

A través de los salarios de tramitación el trabajador no se ve afectado gravemente a causa del despido, ya que percibirá el mismo salario.

¿Los salarios de tramitación generan derecho a vacaciones?

 Al ser una indemnización cotizable, no generan derecho a vacaciones.

¿Cuándo se perciben los salarios de tramitación?

Existen dos tipos de casos en los que la percepción de los salarios de tramitación es diferente:

En los despidos nulos: La empresa tiene la obligación de readmitir al trabajador, así que debe abonar los salarios de tramitación en cualquier caso.

En los despidos improcedentes: La empresa puede optar por readmitir el trabajador, abonándole los salarios de tramitación; o abonar la indemnización correspondiente al despido improcedente, sin necesidad de abonarle los salarios de tramitación.

¿Cuándo no son cobrados los salarios de tramitación?

Los salarios de tramitación no serán cobrados por el trabajador, o serán reducidos, cuando el trabajador una vez despedido haya tenido algún otro ingreso a través de empleo en otra empresa o haya sido beneficiario por prestaciones de desempleo.  En los dos casos aparecen los siguientes detalles:

Trabajador que ha percibido prestaciones por desempleo: En este caso el empresario es el obligado a devolver las prestaciones por desempleo y el trabajador no tiene que devolver nada, excepto que las cantidades percibidas por el trabajador en concepto de prestaciones por desempleo sean superiores a su sueldo. El trabajador percibirá por parte de la empresa, la diferencia entre la prestación y su sueldo.

Trabajador con otro empleo: El empresario podrá descontar el salario percibido por el trabajador en su nuevo empleo, de los salarios dejados de percibir del trabajo en el que fue despedido.

En ambos casos, si el trabajador tiene derecho a salarios de tramitación reconocidos judicialmente, pero la empresa quiebra y entra en concurso de acreedores, no cobrará los salarios. Tampoco se verá obligado a devolver las prestaciones por desempleo.

 

Para estar más informado y poder resolver todas las dudas que puedan surgir, se recomienda contactar y asesorarse con abogados especialistas en salarios de tramitación.

 

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